ENCUESTA VIRTUAL
¿Confía más en la historia clínica digital que en la impresa?
SI:
1533
NO:
997
TOTAL VOTOS: 2530
ENCUESTAS ANTERIORES
¿Considera que el Gobierno Nacional tiene razón, cuando afirma que los costos laborales del ISS y el de sus pensionados, junto con la alta concentración de riesgo de sus afiliados; son las principales causas del déficit de la entidad?
SI: 364
NO: 490
TOTAL VOTOS: 854
¿Está de acuerdo con el fallo de la Corte Constitucional que despenaliza el aborto, en casos excepcionales, se halla realizado sin tener claridad todavía sobre su reglamentación?
SI: 199
NO:193
TOTAL VOTOS: 392
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“Si queremos proteger embriones, entonces lo primero que tenemos que hacer es definir qué es un embrión y qué no lo es”.
Iñigo de Miguel Beriain, investigador de la Cátedra Interuniversitaria de derecho y genoma humano de la Universidad de Deusto, nos habla cómo se abordado en la Unión Europea, específicamente en España, el tema de la legislación de la investigación genética médica y sus implicaciones jurídicas frente a la protección de la vida humana.
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Ranking a las IPS
El Ministerio de la Protección Social con el auspicio de la Universidad Nacional y Fedesalud diseñaron una herramienta que permite identificar cuáles son las IPS con mayor calidad en la prestación de servicios de salud.
Dicho mecanismo clasifica las IPS Habilitadas (es decir, las que cumplen los requisitos mínimos para prestar servicios de salud y están inscritas en el Registro Especial de Prestadores), teniendo en cuenta su nivel de atención: alto, mediano y bajo.
Vale la pena aclarar que dentro de las Habilitadas hay algunas que además están Acreditadas por haber alcanzado niveles de excelencia que les permite estar por encima de las demás y no fueron evaluadas en este estudio.
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Corte Constitucional se pronuncia frente al Proyecto de Talento Humano en Salud
El pasado 1 de noviembre, la Corte Constitucional expidió la Sentencia C-899-06, mediante la cual se declararon infundadas las objeciones hechas a los artículos 4, 5 y 6 que se refieren a la creación del Consejo de Talento Humano en Salud, su integración y sus funciones, declarándolos exequibles.
Al tiempo que declaró inexequibles los artículos 8, 14, 16, con lo cual se elimina el Observatorio de Talento Humano en Salud, y algunas de las funciones asignadas al Consejo de Talento Humano en Salud..
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